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Certificado Energético
 
Como se aprobó en el Consejo de Ministros del 5 de Abril de 2013, en todos los contratos de arrendamientos y compraventa de viviendas efectuados a partir del 1/6/2013, será imprescindible adjuntar el Certificado Energético. 
 
El Certificado clasifica las viviendas según la calidad de eficiencia energética, es decir, al consumo de energía que se estima necesario para satisfacer la demanda energética del edificio o vivienda en unas condiciones normales de funcionamiento y ocupación. 
 
Las calificaciones van desde la letra A, que es la mejor calificación hasta la letra G, la cual indica un elevado gasto. 
 
Además de la calificación energética del edificio, el Certificado Energético incluirá recomendaciones que podrían aplicarse para mejorar la letra alcanzada en la certificación. Las recomendaciones siempre serán viables y rentables. 
 
Si necesita tramitar un Certificado Energético en nuestro despacho disponemos de personal altamente cualificado.